Título Traductor-Intérprete Jurado
Si una persona tiene que presentar ante la Administración española un
documento redactado en un idioma extranjero (pasaporte, certificado del Registro Civil, herencia, informe
policial, informe de seguros, notas y diplomas, contrato con una empresa extranjera, poder notarial,
sentencia, juicio, etc.), deberá presentarlo en castellano y hacerlo traducir por un traductor jurado.
Para que la traducción sea legalmente válida deberá llevar la firma y el sello de
dicho traductor jurado. La firma de los traductores jurados se registra en el Ministerio de Asuntos
Exteriores, a través de la Delegación del Gobierno Civil de la Provincia en donde trabajan.
Debido a los diversos acuerdos internacionales, también son legalmente válidas sus
traducciones inversas, para lo cual debe registrarse en todos los Consulados pertenecientes a
países que hablen el idioma que está autorizado a traducir. Dichos Consulados
darán el Visto Bueno a su traducción.
Cómo se adquiere la condición de traductor jurado
Mediante Examen
El Ministerio de Asuntos Exteriores convoca todos los años unos exámenes para habilitar
traductores. Según el Boletín Oficial de Estado (B.O.E.) y el Reglamento de la Oficina
de Interpretación de Lenguas, que depende de dicho Ministerio, podrán tomar parte en los
exámenes quienes reúnan las siguientes condiciones:
- ser mayor de edad
- poseer, al menos, el título español de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o un título extranjero que haya sido homologado a alguno de ellos
- poseer la nacionalidad española o la de cualquier Estado miembro de la Unión Europea
El examen tiene lugar en Madrid una vez al año y consta de 4 ejercicios de carácter eliminatorio:
- Traducción al castellano, sin diccionario, de un texto de carácter periodístico o literario.
- Traducción del castellano a la lengua extranjera, sin diccionario, de un texto de carácter periodístico o literario. Estas dos traducciones se realizan en una misma prueba de 2 horas.
- Traducción al castellano, con diccionario, de un texto de carácter jurídico o económico. Duración de la prueba: 1'30h.
- Una vez aprobados estos exámenes y en fecha posterior, el candidato deberá acreditar a satisfacción del Tribunal su capacidad de comprensión y expresión oral en la lengua de que se trate. Al efecto, el candidato deberá resumir oralmente un texto escrito que le será entregado por el Tribunal, y comentarlo respondiendo a las preguntas que sobre el mismo le sean formuladas.
La corrección de los exámenes es muy exigente, ya que a partir de su superación, el traductor será el máximo fedatario del idioma existente en el país y su único superior será la propia Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Mediante la carrera de traducción
Más un cierto número de créditos de traducción jurídica.
(Informarse en las Universidades pertinentes)
Más información
Ministerio de Asuntos Exteriores, Interpretación de Lenguas. Tel: 91 436 49 00 y B.O.E. 1 Mayo 1998. Internet: www.mae.es